Tesorería y Finanzas / Construcción o Adquisición de Vivienda Vertical

Programa de Estímulo Fiscal para la Construcción o Adquisición de Vivienda Vertical.
 
 
 
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Objetivo:

Coadyuvar en la consolidación y compactación urbana; dicho Programa está dirigido a las y los propietarios que construyan o que adquirieron Vivienda Vertical en la Zona Primaria 1 Consolidación Urbana (ZCO), definida en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano, Mérida 2040.

Beneficio:

Condonar de manera total el pago respecto al Impuesto Predial Base Valor Catastral y sus accesorios, correspondiente al ejercicio fiscal 2022.

¿Qué se entiende por Vivienda Vertical?

Es el conjunto arquitectónico compartido que cuente con un mínimo de tres niveles de uso habitacional, en el que se centralizan necesidades sociales y familiares, mediante la agrupación de varias unidades de vivienda planificadas y dispuestas de forma integral, organizadas una sobre otra, dentro de un terreno en común; compartiendo pasillo y accesos, así como áreas comunes y servicios complementarios, que cumplan con lo establecido en el Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida.

Consideraciones:

Para acceder al estímulo fiscal, el predio deberá contar con la Licencia de construcción y la Constancia de la Terminación de Obra, emitidas por la Dirección de Desarrollo Urbano, con fecha posterior al diecisiete de octubre de dos mil diecisiete.

    La Dirección de Desarrollo Urbano enviará el dictamen de procedencia correspondiente a la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal.

    La Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal aplicará el subsidio en los términos del presente Acuerdo, una vez recibido el dictamen de procedencia.

    Para el caso de que la o el propietario solicitante de este beneficio haya realizado el pago del impuesto predial para el ejercicio fiscal 2022; y que con posterioridad a esto, como resultado de su solicitud el predio resultare favorecido en el dictamen de procedencia para acceder al estímulo fiscal, será procedente la devolución mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria que proporcione el beneficiario del estímulo ante la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal..


Vigencia del Programa:

Del 02 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2022

Acuerdo autorizado en la Gaceta Municipal 1,783 del 27 de diciembre de 2021.


Para cualquier comentario o aclaración comunicarse al teléfono 9420038 Ext 81016 o  81026.
O al siguiente correo electrónico: claudia.pacheco@merida.gob.mx

* La solicitud deberá ser presentada en la Subdirección de Nuevos Desarrollos, en el área de Nuevos Desarrollos y Sustentabilidad dirigido a Arq. Cynthia Noemi Gonzalez León, Jefe del Departamento de Nuevos Desarrollos y Sustentabilidad o bien en la Subdirección de Gestión y Control, en el área de Licencias de Construcción, dirigido a C. Edgar Pou Chaparro, Jefe del departamento de Licencias de Construcción.
** El Dictamen tendrá un plazo máximo de respuesta de 7 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de dicha solicitud.

 

AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA

Calle 62 s/n, Palacio Municipal

Colonia Centro C.P. 97000

Mérida, Yucatán, México



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